Resumen
En la traducción jurídica, que exige un alto nivel de precisión y un conocimiento activo del derecho, el traductor dispone de un margen de maniobra limitado. Según la teoría de Eco-traductología, la traducción no solo implica el intercambio y la transformación de información y símbolos a nivel lingüístico, sino que también implica la adaptación y selección por parte del traductor de factores extralingüísticos y culturales. El traductor tiene que adaptarse primero al eco-entorno de la lengua de origen y elegir técnicas de traducción para que la traducción pueda sobrevivir en el eco-entorno de destino. Bajo la orientación de la Eco-traductología, este trabajo tiene como objetivo analizar cómo traducir los documentos legales en materia de contratos desde tres dimensiones: lingüística, cultural y comunicativa, y demostrar que en la traducción jurídica el traductor es el eje de dicha actividad y debe considerar de forma integrada los distintos factores que influyen en la traducción. Para tener un texto traducido bien entendible, hace falta el funcionamiento de la subjetividad del traductor. Por este motivo decimos que la subjetividad del traductor se manifiesta durante todo el proceso.
Palabras clave
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